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DOCUMENTOS LEGALES SOBRE LA CREACION DE ITAGÜÍ
Por Arturo Espinosa

La erección de la Parroquia de Itagüí quedo legalmente constituida mediante la resolución N° 28 de 7 marzo de 1832, promulgada por el Poder Ejecutivo...

La erección de la Parroquia de Itagüí quedo legalmente constituida mediante la resolución N° 28 de 7 marzo de 1832, promulgada por el Poder Ejecutivo, de acuerdo a la parte final del artículo 7°, numeral 4°, Ley 28 de 1824.

Por lo anteriormente referenciado correspondía a el Senado y la Cámara de Representantes de la República de Colombia, reunidos en el Congreso, los cuales facultaron al Poder Ejecutivo (Presidente de la República de Colombia o en su defecto al Vicepresidente del Estado), mediante el artículo 6° de la citada ley para:

“Aprobar definitivamente las erecciones de curatos que de acuerdo de los prelados eclesiásticos e intendentes (Gobernadores) se hicieren en cualquiera de las diócesis de Colombia.”

En consecuencia de lo anotado, el Gobernador de la Provincia de Antioquia, Francisco Montoya y Zapata, solo tenía la atribución expresada en la parte final del artículo 7°,numeral 4°, de la citada ley, así:

“Diciembre 24 de 1831

“...Con esta fecha he resuelto que se erija en el partido de Itagüí una nueva parroquia, segregando para esto de la de Envigado la parte que está a la izquierda del rió de Medellín, y de la de Belén, la que se halla inmediata a la población de Itagüí. Y para designar los limites de la nueva parroquia comiciono a Ud, que para verificarlo tendran presente la estension y distancia de las parroquias circunvecinas, debiendo espresar con la mayor claridad los limites que señalen. Este Gobierno espera del patriotismo y actividad de V.V. que hará esta división con la proporcion y equidad debidas y a la mayor brevedad posible.”

El Poder Ejecutivo, en cabeza del Presidente de la República, debía sancionar o invalidar el Decreto promulgado por el Gobernador el 24 de diciembre de 1831. El 7 de marzo de 1832, mediante la Resolución N° 28, el Vicepresidente del Estado comunicó a través del encargado de la Secretaria del Interior y Justicia la aprobación del decreto del 24 de diciembre de 1831, por el cual fue erigida la nueva parroquia de Itagüí, así:

1832

No. 28

Colombia

Estado de la Nueva Granada

Secretaría del Interior y Justicia

Bogotá á 7 de marzo de 1832.

Señor Gobernador de Antioquia.

Ha sido de la aprobación de S.E. el Vicepresidente del Estado el Decreto de Vs. de 24 de diciembre último erijiendo la nueva parroquia de Itagüí, cuyo espediente me remitió Vs. con su oficio de 1o de febrero No. 18, i para que tenga su cumplimiento lo resuelto por S.E. devuelvo á Vs. dicho espediente.

Dios guarde á Vs.

J. Francisco Pereira.

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